Firma Digital
LEGISLACIÓN
LEY Nº 4017 «De validez jurídica de la Firma Electrónica, la Firma Digital, los Mensajes de Datos y el Expediente Electrónico»
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LEY Nº 4610 «Que modifica y amplía la Ley Nº 4017/10 <De validez jurídica de la Firma Electrónica, la Firma Digital, los Mensajes de Datos y el Expediente Electrónico>
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Firma electrónica: es el conjunto de datos electrónicos integrados, ligados o asociados de manera lógica a otros datos electrónicos, utilizado por el signatario como su medio de identificación, que carezca de alguno de los requisitos legales para ser considerada firma digital.
Firma digital: es una firma electrónica certificada por un prestador acreditado, que ha sido creada usando medios que el titular mantiene bajo su exclusivo control, de manera que se vincule únicamente al mismo y a los datos a los que se refiere, permitiendo la detección posterior de cualquier modificación, verificando la identidad del titular e impidiendo que desconozca la integridad del documento y su autoría.
Documento Digital: es un mensaje de datos que representa actos o hechos, con independencia del soporte utilizado para su creación, fijación, almacenamiento, comunicación o archivo.
Certificado digital: es todo mensaje de datos u otro registro emitido por una entidad legalmente habilitada para el efecto y que confirme la vinculación entre el titular de una firma digital y los datos de creación de la misma.
artículo 2º (Ley Nº 4017)